Calculadora y simulador de la reparación sistémica prevista por la LRT — fórmula del Art. 14.2.a + adicional 20% (Ley 26.773) cuando corresponde. Aplica a accidentes de trabajo, in itinere y enfermedades profesionales listadas. Es gratis y no hace falta registrarse.
| Concepto | Detalle | Monto |
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La Ley de Riesgos del Trabajo (24.557) fija una fórmula: 53 × ingreso base mensual × porcentaje de incapacidad × (65 / edad). A ese resultado se le compara un piso mínimo y se toma el monto mayor. Si el accidente ocurrió en el lugar de trabajo (y no in itinere), se suma un adicional del 20% previsto por la Ley 26.773. Nuestra calculadora aplica todos esos pasos automáticamente: solo tenés que cargar tu sueldo, tu edad y el porcentaje de incapacidad.
Sí. El simulador es totalmente gratuito y no requiere registrarse ni dejar datos personales. Podés usarlo las veces que quieras y descargar el detalle del cálculo. Si después querés que revisemos tu caso concreto, la primera consulta con el estudio también es sin cargo.
El porcentaje de incapacidad lo determina la Comisión Médica (o el perito médico en sede judicial) según el baremo del Decreto 659/96, que asigna un valor a cada lesión o secuela. Si todavía no tenés el porcentaje definitivo, podés hacer una estimación aproximada y correrla en el simulador para tener un orden de magnitud. Cuanto mayor es el porcentaje y menor tu edad, mayor resulta la indemnización.
El rechazo de la ART no es la última palabra. Se puede cuestionar ante las Comisiones Médicas y, si el resultado sigue siendo desfavorable, en sede judicial. Es muy común que se rechacen enfermedades profesionales que sí están cubiertas, o que se subestime el porcentaje de incapacidad. En estos casos conviene asesorarse cuanto antes, porque hay plazos que corren.
Sí, el accidente ocurrido en el trayecto entre tu casa y el trabajo está cubierto por la ART y se calcula con la misma fórmula. La diferencia es que, según el fallo «Espósito» de la Corte Suprema, al accidente in itinere no se le aplica el adicional del 20% de la Ley 26.773. La calculadora contempla esa distinción automáticamente cuando tildás la opción correspondiente.
No necesariamente: es una estimación de la reparación sistémica, es decir el piso que fija la ley. El monto real suele ser mayor, porque a esa base se le suman los intereses por mora desde la fecha del accidente y las actualizaciones que correspondan. Además, en casos graves puede iniciarse una acción civil por reparación integral contra el empleador, que no tiene tope y contempla daño moral y pérdida de chance.
La acción por accidente o enfermedad laboral prescribe a los dos años, que se cuentan desde que la prestación debió abonarse o desde que tomaste conocimiento de la incapacidad (lo que ocurra después). Es un plazo que corre rápido, sobre todo en enfermedades profesionales donde el daño aparece de a poco, así que conviene consultar sin dejar pasar el tiempo.